La nueva jubilación flexible entra en vigor: incluye a autónomos y aumenta la horquilla para trabajar
El objetivo es hacer más atractivo este tipo de jubilación, apenas usada en España, por la cual se compatibiliza trabajo y pensión. La norma, que entra en vigor este viernes, no tiene efectos retroactivos

El nuevo régimen jurídico de la jubilación flexible, que permite compatibilizar trabajo y pensión, entra en vigor este viernes con nuevos complementos para los que se acojan y abriendo esta opción para el trabajo autónomo.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 26 de mayo el real decreto con el régimen jurídico de la jubilación flexible y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dos días después, el día 28, por lo que los cambios entran en vigor este viernes, tres meses después.
Gobierno y agentes sociales se comprometieron en la reforma de 2021 a revisar las condiciones de esta opción, que permite volver al mercado laboral tras haberse jubilado, compaginando el cobro de la pensión con un empleo a tiempo parcial.
El objetivo es hacer más atractiva esta posibilidad que apenas se usa en España, ya que aquellos que voluntariamente quieren alargar la vida laboral prefieren otras modalidades como la jubilación demorada o la activa. En concreto, en lo que va de año ha habido 15.600 jubilaciones demoradas en España.
Entre las novedades, la norma establece que podrán acogerse a la jubilación flexible todas aquellas personas que quieran desarrollar una actividad por cuenta propia como autónomos.
Hasta ahora, esta modalidad de jubilación solo permitía el trabajo por cuenta ajena como asalariado a tiempo parcial, mientras que ahora también se podrá ser autónomo, siempre que no se haya estado dado de alta en este régimen en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.
"Vamos por el camino de conseguir que se reconozca esa jubilación, que nos permitirá, sobre todo, traspasos de negocio en los que el dueño puede ayudar y sigue cobrando una parte de la prestación", ha ejemplificado Álvaro Bajén, secretario general de la Asociación de Autónomos de Aragón (UPTA).
Otro de los cambios es que no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible, por lo que, una vez reconocida la pensión, se podrá acceder en cualquier momento.
Más horquilla para trabajar y nuevos complementos
Además, los pensionistas que compatibilicen la jubilación con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial tendrán una horquilla mayor para trabajar, de entre el 33 y el 80 % de la jornada, cuando hasta ahora era de entre el 25 y el 75 %. La cuantía de la pensión, por su parte, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo.
"La novedad esencial es ese porcentaje de tiempo parcial que el trabajador jubilado puede prestar sus servicios. El fin principal es la aportación de recursos al sistema", ha subrayado Alberto Nicolás, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Zaragoza.
También como novedad, y para incentivar la vuelta al mercado de trabajo cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos seis meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión.
De esta forma, las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55 y el 80 % incrementarán el importe de la pensión en un 25 % adicional, mientras que las que estén entre el 33 y el 55 % sumarán un 15 %.
En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta el 25 % de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.
Durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.
La nueva regulación se aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, a excepción de los regímenes especiales de los funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha subrayado que el objetivo de estos cambios es que los trabajadores "tengan más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión".
La norma no tiene efectos retroactivos, es decir, las jubilaciones flexibles iniciadas antes del 28 de agosto seguirán rigiéndose por la normativa anterior.
