El TSJA permite la licitación de la plaza de toros de Zaragoza y que se celebre la feria taurina del Pilar
El tribunal ha estimado la medida cautelar solicitada por la Diputación de Zaragoza que pedía la suspensión de la decisión del Tribunal de Contratos

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha aceptado la medida cautelar solicitada por la Diputación de Zaragoza y permite licitar la plaza de toros para que pueda acoger los toros y las vaquillas de las Fiestas del Pilar. En un auto hecho público este martes, suspende el acuerdo aprobado por el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (Tacpa) que declaraba nulo el procedimiento de licitación y los pliegos de explotación del coso zaragozano.
La decisión que ha tomado el TSJA permite a la plaza de la Misericordia estar en funcionamiento para la feria taurina del Pilar. Entre los argumentos, la Sala Contencioso Administrativo del tribunal considera que "hay un riesgo de pérdida patrimonial importante para la DPZ" y añaden que ya se perdió la feria de San Jorge. "Si no se concede la cautelar, es evidente que en Zaragoza no habrá toros para, cuando menos, la Feria del Pilar, pues por rápido que se resuelva el procedimiento, y no hay quien le quite cuatro o seis meses, aunque se elimine la prueba, ya no daría tiempo", argumentan y concluyen que "las pérdidas serían pérdidas irreparables".
En el auto también valoran los intereses de las nueve mercantiles concursantes con expectativa de obtener la licitación y que se negaban a estas cautelares. En este sentido, el TSJA cree que existe un interés general por tratarse de una actividad lúdico-cultural que genera a su vez un interés económico.
"La DPZ ha cambiado de modo relevante el contrato inicialmente planteado, ha renunciado a todo intervencionismo y ha optado por una solución rápida que garantice el canon y facilite, en lo posible, y sin garantías de calidad y número, la celebración de festejos". Por ello, los magistrados consideran que "no tiene nada que ver con el otro pliego". "En aquel lo rechazable no era el contenido, sino el continente, es decir, el vehículo jurídico a través del cual se imponía una intervención en la gestión de la plaza bajo la apariencia de un arriendo patrimonial que no era tal", prosiguen, para concluir: "Pero ahora no es así: a cambio del precio en el periodo indicado no impone nada, más allá de las obligaciones legales, el respeto del uso, el adecuado mantenimiento, etc. No impone programación, mínimo de actividades obligatorias, estándares de calidad, reserva de entradas y criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor".
