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Aragón

Archivada la investigación judicial sobre la información difundida por el Gobierno de Aragón sobre el incendio de las Peñas de Riglos

El Tribunal de Instancia de Jaca indica que con la información publicada no se puso en peligro el éxito de la investigación, ni afectó a la privacidad ni al derecho al honor del investigado

Edificio Pignatelli, sede del Gobierno de Aragón.
Edificio Pignatelli, sede del Gobierno de Aragón.Gobierno de Aragón

La Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Jaca ha desestimado que exista irregularidad alguna en la información difundida por el Gobierno de Aragón sobre el incendio de Las Peñas de Riglos, archivando de este modo la pieza de investigación abierta por el juzgado para aclarar si se había difundido información reservada de la investigación procesal sobre el incendio.

El pasado 3 de septiembre el Ejecutivo aragonés informó de que ese mismo día había solicitado ante el Tribunal de Jaca, como medida cautelar, el ingreso en prisión provisional del investigado por el incendio de Santa María de la Peña, comunicada y sin fianza o, subsidiariamente, eludible bajo una fianza de 100.000 euros.

El Tribunal de Instancia de Jaca indica que, atendiendo a la concreta información publicada en su portal Aragón Hoy, “no se aprecia que se haya puesto en peligro el éxito de la investigación, ni que se haya afectado a la privacidad del sospechoso o de sus familiares o se les haya puesto en peligro”.

Tampoco aprecia con la lectura de la noticia que “haya tenido lugar una intromisión en el derecho al honor del investigado, o que se haya favorecido un juicio paralelo, que se haya desorientado a la opinión pública o que se haya pretendido realizar una predicción de la sentencia”. En este sentido, indican que la información publicada “parece tener un cariz procesal, relativo a la situación personal del investigado y no sustantivo o valorativo de indicios, o revelador del contenido de diligencias practicadas”.

Se considera que el Gobierno de Aragón transmitió, a través de su medio digital, “sus propias pretensiones y no las de otras partes, ni el resultado o contenido de diligencias de instrucción o resoluciones a las que hubiera tenido acceso gracias a su condición de parte personada en la causa”.

Por todo ello, el Tribunal no aprecia razones ni para exigir responsabilidades penales, ni tampoco para adoptar las sanciones económicas previstas en la ley, dado que la información publicada, según el fallo, no vulnera el secreto o reserva de la investigación judicial.

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