Aragón repartirá, a partir de septiembre, 141 millones de ayudas
Las ayudas se podrán solicitar entre el mes de julio y el 10 de septiembre. El Ejecutivo aragonés tiene previsto que estén abonadas antes de finalizar el año, para compensar así las pérdidas ocasionadas por la pandemia

El Gobierno de Aragón ha aprobado este miércoles un decreto ley de medidas urgentes para agilizar el reparto de 141 millones de ayudas directas a autónomos y empresas de los sectores más dañados por la pandemia con el fin de sacar la convocatoria antes de fin de mes y de que estén pagadas como tope a final de año.
El periodo subvencionable abarca del 1 de marzo de 2020 al 31 de mayo de 2021. Según el consejero de Hacienda, Carlos Pérez Anadón, el objetivo de estas ayudas es impulsar la recuperación del tejido productivo agilizando su tramitación y reparto -desde 3.000 a más 20.000 euros-.
El importe de las ayudas se anticipará al 100% y además, para simplificar la gestión, incluye la declaración responsable a la hora de hacer la solicitud y el procedimiento electrónico para todas las fases de la tramitación.
Criterios para optar a las ayudas
El consejero ha concretado que la previsión es que las ayudas se podrán pedir entre julio y el 10 de septiembre para que se vayan concediendo como máximo hasta final de año. Pérez Anadón ha precisado que el propósito es que el decreto ley y la convocatoria estén a final de este mes y fijar quince días para que los posibles beneficiarios conozcan los requisitos que van a tener que cumplir y puedan ponerse al día en ese tiempo: estar al día con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con los impuestos de Aragón.

Antes del 31 de diciembre
También se establece que no se podrá conceder ninguna ayuda después del 31 de diciembre. Todas las medidas que se reflejan en el Decreto Ley deberán incluirse en las bases reguladoras y en la convocatoria de las ayudas, que se aprobarán posteriormente y por el procedimiento de urgencia, una posibilidad recogida en la Ley de Subvenciones de Aragón.
La justificación de las ayudas solo admitirá los pagos que se realicen a través de entidades financieras. Las que sean inferiores a 6.000 euros, se efectuarán mediante la declaración responsable de las facturas abonadas, y las que se sitúen en la horquilla de 6.000 a 20.000 euros, lo harán presentado una cuenta justificativa simplificada. Si las ayudas superan ese límite, se precisará además el informe de un auditor de cuentas.
