Estos son los pasos a los que estarán obligados los propietarios y usuarios de patinetes eléctricos
Deberán estar inscritos en el registro que ha puesto en marcha la DGT y tendrán que tener un seguro de responsabilidad civil. Para quienes incumplan estas normas, las sanciones oscilan entre los 200 y los 800 euros

Los propietarios de los vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes, tendrán que darse de alta en el Registro de Vehículos Personales Ligeros que ha puesto en marcha la DGT como paso previo a tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil.
Así se aprobó este martes, 27 de enero, en el Consejo de Ministros, tras casi un mes de retraso. No estar inscrito en el registro conllevará sanciones entre los 202 y los 610 euros y circular sin seguro, multas que oscilarán entre los 250 y los 800 euros, en función del tipo de vehículo, cuya diferencia fundamental estriba en el peso y en la velocidad. Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá colocar en el lugar visible para ser identificado.
El registro, un requisito obligatorio para los propietarios o tutores legales, en caso de menores, podrán inscribirse de forma telemática en la sede electrónica de la web de la DGT y el teléfono 060 ofrecerá ayuda para llevar a cabo el proceso.
Además de los datos del titular, se deberá consignar tanto el número de certificado y el número de serie, que constan en la placa de marcaje y la ficha técnica de características. Después de abonar la tasa administrativa, el propietario obtendrá el número de inscripción y, una vez solicitada, la DGT expedirá el certificado de inscripción digital. Los modelos certificados incorporan una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible.
El proceso podrá hacerse también a través de agentes de seguros o gestores administrativos que ya realizan trámites electrónicos con la Administración. La DGT también está trabajando para que, en los próximos meses, pueda hacerse en el mismo momento en el que se adquiere un nuevo VMP en un establecimiento autorizado.
Como sucede con el resto de vehículos, para el cambio de titular dispondrán de 30 días para solicitarlo a través de un modelo oficial, adjuntando la documentación necesaria. Respecto a la baja, tendrá que realizarse en un centro autorizado.
A los vehículos antiguos o que no cumplen los requisitos técnicos del manual se les permite un periodo de transición que finalizará el 22 de enero de 2027, pero el hecho de carecer de certificado de circulación no les exime de estar obligatoriamente inscritos en el registro y de contar con un seguro. A partir de la fecha fijada, no podrán circular.
