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Aragón

Continúa activa la alerta roja de incendios forestales en la mayor parte de Aragón

Una situación en la que se prohíbe encender fuego en espacios abiertos y se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos

La Dirección General de Gestión Forestal ha establecido para este sábado, 27 de julio, nivel de alerta rojo de peligro de incendios forestales en 19 zonas de meteoalerta de Aragón.

En concreto, están afectados por la alerta el Bajo Ebro Forestal, Jiloca-Gallocanta, Maestrazgo, Muelas del Ebro - Alcubierre, Valmadrid y Zuera, Pirineo Occidental, Pirineo Oriental, Prepirineo Central, Prepirineo Occidental, Prepirineo Oriental, Puertos de Beceite, Rodeno, Sierras Ibéricas Centrales, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Somontano Sur Turia y Valle del Ebro Agrícola. En el resto de la Comunidad, la alerta es de nivel naranja.

En estas áreas, señala el Gobierno de Aragón, se podrían producir fuegos de alta y muy alta intensidad y altas velocidades de propagación e incendios fuera de capacidad de extinción en amplias zonas, con condiciones especialmente propicias para tener un Gran Incendio Forestal (GIF).

Desde el Ejecutivo autonómico recuerdan que con el nivel de alerta rojo está prohibido encender fuego en espacios abiertos y se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.

Tampoco está permitido encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales, o arrojar o abandonar objetos en combustión.

Del mismo modo, se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

Precauciones en montes y áreas agrícolas

En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de los mismos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas, con excepción, exclusivamente del uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.

Las labores de cosecha y empacado de cereal, en el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14:00 y 18:00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias.

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