
Ya hay luz verde para el uso del cannabis medicinal en ciertas condiciones clínicas en las que ha demostrado beneficios, como la esclerosis múltiple o el dolor crónico refractario. El real decreto del Gobierno, aprobado este martes, señala que la marihuana será prescrita por el médico especialista y dispensada exclusivamente en el hospital.
El documento no establece un listado cerrado de indicaciones, sino que determina que los usos clínicos autorizados, junto con las condiciones específicas de elaboración, dosificación y prescripción, se fijarán en las monografías que publique, en un plazo de tres meses, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) en el Formulario Nacional.
Entre las regulaciones de la norma está la posibilidad de que, a través de futuras actualizaciones, y en función de los avances científicos y la evidencia clínica disponible, se abra la puerta a que en el futuro puedan incorporarse nuevas indicaciones, siempre bajo criterios rigurosos de eficacia, seguridad y necesidad médica.
Los productos deberán tener una composición definida en THC y/o CBD, cumpliendo con exigentes requisitos de fabricación, trazabilidad y calidad, y estando sujetos a fiscalización adicional cuando contengan más del 0,2 % de THC. Los laboratorios responsables estarán obligados a garantizar la correcta fabricación y distribución, así como a documentar y auditar su cadena de suministro. Sólo en casos excepcionales de vulnerabilidad, dependencia o barreras geográficas, las comunidades autónomas podrán establecer mecanismos de dispensación no presencial, asegurando el acceso equitativo a estos tratamientos.
