El Constitucional mantiene la orden de detención nacional contra Puigdemont por unanimidad
Así lo ha acordado el Tribunal este martes. Siguiendo el criterio de la Fiscalía, ha rechazado la solicitud cautelar planteada por el expresidente catalán. También han desestimado una petición similar solicitada por Comín y Puig

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad mantener la orden de detención nacional que pesa contra el expresidente catalán Carles Puigdemont. Fuentes jurídicas han informado de que la corte de garantías, en línea con el criterio de la Fiscalía, ha rechazado la solicitud cautelar planteada por la defensa mientras el Constitucional resuelve el recurso de amparo que presentó contra la decisión del alto tribunal de no aplicarle la amnistía.
El Pleno también ha desestimado una petición similar formulada por los exconsejeros Antoni Comín y Lluis Puig que, junto a Puigdemont, también están huidos de la Justicia española.
La orden dictada por el magistrado instructor del Supremo Pablo LLarena frena el regreso a España a Puigdemont y, de hecho, uno de los principales argumentos del Constitucional, a partir de una ponencia de la magistrada progresista Laura Díez, es no desautorizar la actuación del juez y evitar actuaciones que puedan avanzar hacia un sentido del fallo. Tampoco atiende el principal argumento del expresidente al dejar claro que la constitucionalidad de la Ley de Amnistía no implica que se tengan que alzar ya las medidas cautelares.
La defensa de Puigdemont solicitó el pasado noviembre al Tribunal Constitucional la suspensión inmediata de las órdenes de busca, detención e ingreso en prisión formuladas contra él y pidió que esta suspensión se mantenga hasta que el Tribunal dicte una sentencia firme. En su escrito, hacía referencia a las conclusiones del abogado general sobre la Ley de Amnistía, que afirman que es plenamente compatible con el Derecho de la Unión, en contra de la petición en la que apuntaban a que el pronunciamiento del abogado general, unido a la declaración de constitucionalidad de la ley, "elimina cualquier fundamento jurídico para mantener viva una orden de detención mientras se tramita el amparo".
