Se acabó fumar en terrazas y playas: El Gobierno endurece la Ley Antitabaco
Además, la nueva norma prohíbe el consumo de tabaco y otros productos a menores de edad, no solo su venta o suministro, y prevé sanciones a partir de 200 euros que tendrán que pagar sus progenitores

El Gobierno ha aprobado este martes en segunda vuelta el anteproyecto de la ley antitabaco que, como medidas más destacables, equipara cigarrillos electrónicos y vapeadores al tabaco convencional, amplía a terrazas, playas, piscinas y marquesinas los espacios sin humo, y restringe la venta de los nuevos productos a establecimientos especializados.
De esta forma se ha dado luz verde a tramitar en el Congreso este anteproyecto que reforma la ley de 2005 para adaptarla a los nuevos productos, especialmente aquellos cada vez más populares entre los jóvenes, como los vapeadores. La iniciativa pretende así reforzar la protección de la infancia y la adolescencia, además de proteger mejor la salud pública y avanzar hacia una "generación libre de tabaco", en palabras de la ministra de Sanidad, Mónica García.
Tras el cambio de los patrones de consumo, esta futura ley igualará legalmente el tabaco convencional al cigarrillo electrónico, las bolsitas de nicotina, los productos a base de hierbas como 'shishas' y cualquier dispositivo que imite o se asocie al acto de fumar. Solo se podrán vender y suministrar en tiendas especializadas, que deberán cumplir los requisitos legales.
Además, la nueva norma prohíbe el consumo de tabaco y otros productos a menores de edad, y no solo su venta o suministro, con sanciones a partir de 200 euros que tendrán que pagar sus progenitores. Este endurecimiento se debe el incremento del uso del cigarrillo electrónico y nuevos dispositivos entre los jóvenes de 14 a 18 años, que ha pasado del 14,9 % en 2019 al 27,1 % en 2025, según la encuesta sobre uso de drogas en enseñanzas secundarias en España 2025.
Cuando se apruebe esta reforma no se podrá fumar ni vapear en terrazas de bares y restaurantes; playas marítimas y fluviales, piscinas colectivas; instalaciones deportivas; parques nacionales; vehículos de trabajo —salvo uso personal—; y recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, incluidos teatros, cines, conciertos y otros eventos, incluso al aire libre.
Tampoco se podrá fumar en campus universitarios ni en espacios del transporte urbano, como andenes, pasillos o marquesinas, ni a menos de 15 metros de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios, sociales, educativos, culturales, deportivos, museos, bibliotecas o parques infantiles.
Asimismo, tampoco se podrán emitir programas, vídeos o imágenes en medios de comunicación donde presentadores, colaboradores o invitados aparezcan consumiendo o fumando productos relacionados.