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Aragón

Un deber casi ineludible: más de 6.600 aragoneses formarán las mesas electorales del 8F en Aragón

Ser parte de la mesa es una obligación que solo se puede evitar alegando responsabilidades personales o profesionales contempladas en la ley. El no acudir a la cita sin justificación conlleva una multa e incluso, penas de prisión de tres meses a un año

En la provincia de Zaragoza se constituirán 1.482 mesas / Aragón TV
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Más de 6.600 aragoneses estarán en una de las 2.213 mesas repartidas por las tres provincias el próximo 8 de febrero, para las elecciones autonómicas. En la provincia de Zaragoza se constituirán 1.482 mesas, en Huesca 403 y en Teruel 328, y cada una estará compuesta por tres miembros: un presidente y dos vocales.

Ser parte de la mesa es una obligación prácticamente ineludible, y cada vez que se organizan elecciones, hay opiniones para todos los gustos acerca de este deber. Desde "es una carga estar todo el domingo liado allí con las elecciones" hasta "si es una obligación no tendría por qué librarme", ser convocado a mesa nunca deja indiferente. 

Por una situación personal o responsabilidades familiares o profesionales se puede alegar para no acudir. La Junta Electoral de la zona afectada es la que decide si deniega o acepta estas situaciones. Por ejemplo, la de Zaragoza capital, que incluye La Almunia, ha admitido unas 1.000 reclamaciones de casi 3.000.

La de Teruel, que cubre la ciudad y 114 municipios de la provincia, ha denegado 27 de 174 peticiones presentadas, entre ellas, algunas muy variopintas. "Había una mujer que su única preocupación era que quién iba a atender a su marido y le iba a hacer la comida a su marido ese día. Instaba a la Junta Electoral que tuviera cuidado y si ella tenía que estar en la mesa que fuéramos nosotros a hacerle la comida al marido", cuenta el presidente de la junta, Juan José Cortés Hidalgo. 

Si se le deniega la reclamación, el solicitante debe acudir a su puesto porque si no se enfrenta a una pena de prisión o multa. Y tampoco es excusa que haya sido convocado antes, algo que ocurre con frecuencia en localidades con pocos habitantes. 

Los impedimentos que eximen de ejercer como miembro de una mesa electoral son muy específicos. Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), solo los mayores de 65 a 70 años pueden renunciar voluntariamente a formar parte de la mesa electoral. Otras situaciones que pueden alegarse son: discapacidad de cualquier grado, ser pensionista de incapacidad permanente absoluta, estar de baja por incapacidad acreditada y estar embarazada de seis meses o más, o con permiso por maternidad.

Asimismo, también se contempla estar al cuidado de un lactante o personas con discapacidad. Y entre las causas profesionales contempladas se admiten prestar servicios esenciales sanitarios o de emergencias o ser director o jefe de informativos en medios de comunicación durante la jornada electoral. 

El tiempo designado para reclamar son siete días desde la notificación. Si, por el motivo que fuera, no se asiste a la mesa electoral sin justificación, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) determina que se puede imputar pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, cuya cuantía dependerá de la capacidad económica del ciudadano. 

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