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Aragón

El juzgado apremia al MNAC para que valore las pinturas de Sijena y avance en su devolución

El Gobierno de Aragón critica la actuación del director del MNAC por no devolver las pinturas profanas cuyo traslado no supone tanta complejidad

Pinturas murales de Sijena expuestas en el MNAC. / Aragón TV
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El juzgado de Huesca encargado de la ejecución de la sentencia sobre la devolución de las pinturas murales de Sijena ha emitido esta semana un decreto en el que da un plazo de cinco días al Museo Nacional de Arte de Cataluña para presentar una valoración de las pinturas en litigio, y otros cinco más para que presente el pliego de condiciones con las prescripciones técnicas para la licitación de los trabajos de desinstalación, embalaje, transporte y desembalaje de las pinturas profanas.

Además, le ha requerido que proceda con el cumplimiento inmediato de restitución de las pinturas profanas, cuya devolución no plantea las mismas dificultades técnicas que las religiosas de la sala capitular del Monasterio, según los expertos, o, en su defecto, exprese el motivo que lo impide.

Desde el Gobierno de Aragón acusan al director del MNAC de olvidar que "los propios peritos del museo acreditaron la viabilidad del regreso de las pinturas murales y profanas al Monasterio de Sijena”, una cuestión que ha recordado, “no se discutió y quedó acreditada” durante el procedimiento judicial.

Asimismo, el director general de Cultura, Pedro Olloqui, ha respondido a las críticas sobre la propuesta de desmontaje en 72 fragmentos, al recordar que las pinturas llegaron al MNAC en más fragmentos y que las uniones actuales no son originales, sino restituciones realizadas por el propio museo.

La jueza que lleva el caso ha convocado a las partes para dirimir las diferencias entre cronogramas mediante una comisión de expertos que elabore un calendario objetivo de ejecución. Olloqui ha sido claro al recordar que “89 años de posesión no le dan la razón” al MNAC y ha reprochado a su director que vuelva a poner en duda cuestiones ya juzgadas, como la propiedad aragonesa de los bienes o la viabilidad de su devolución al monasterio, “donde alcanzan su máxima comprensión”.

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